Recursos para evitar un desahucio por la vía legal

Una de las evidencias más dramáticas del estallido de la burbuja inmobiliaria y del colapso financiero de 2008 es el aumento de los desahucios. No en vano, las ejecuciones bancarias se han disparado y han provocado que la banca disponga de un considerable stock de viviendas vacías. Afortunadamente, existen varias vías legales para evitar tan kafkiana situación.

Bien por la presión social, bien por la imagen ante su propio electorado, bien por lo insostenible de muchas familias, el Gobierno habilitó ciertas válvulas de escape para sortear un embargo inmobiliario. De entrada, conviene saber que la práctica totalidad de medidas en esta dirección están orientadas hacia casos relativamente extremos, por lo que muchos desahucios difícilmente podrán evitarse. En primer lugar, el inmueble en cuestión ha de ser la única vivienda de la familia afectada, al tiempo que el crédito pendiente debe superar el 60% de los ingresos totales del núcleo familiar.

Como puede verse, las opciones para escapar a una ejecución bancaria son bastante restrictivas. Y es que, amén de los requisitos anteriores todos los miembros de la familia tienen que encontrarse en situación de desempleo. No obstante, la legislación también contempla la posibilidad de que el afectado y la entidad bancaria que ha de ejecutar el embargo inicien un periodo de negociación. En cualquier caso, si el banco se ha adherido al código de buenas prácticas, es relativamente probable que acabe adoptándose una hoja de ruta de consenso, pudiendo aumentar incluso el plazo de liquidación de la hipoteca hasta un máximo de cuarenta años.

Junto con todas estas medidas pactadas en mayor o menor medida con los bancos, el Ejecutivo ha aprobado un Real Decreto Ley que le permite paralizar por la vía judicial cualquier desahucio que se encuentre dentro de una serie de supuestos. Por un lado, si la familia afectada percibe menos de 19.200 euros anuales y las cuotas hipotecarias rebasan la mitad de dicha cifra, el embargo puede aplazarse hasta dos años. Por otro, las circunstancias familiares especiales (monoparentales, discapacidad, familias numerosas...) también serán tomadas en consideración a la hora de ejecutar o no un embargo inmobiliario.
Por ello es preciso dotar a los empresarios y particulares afectados por la crisis actual, de un asesoramiento que les permita conservar su patrimonio y poder gozar de una oportunidad para poder reconducir su actividad y lograr conservar sus propiedades con una estrategia jurídica enfocada a detener las ejecuciones hipotecarias y disponer de tiempo, bien para poder vender su patrimonio sin prisas, como para tener tiempo de reflotar su empresa, negocio o encontrar una nueva fuente de ingresos.
 


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