La inversión en propiedades singulares o históricas.

Hoteles con encanto y museos temáticos, un reclamo con ventajas fiscales.

Invertir en una casa señorial en venta para convertirla en un hotel con encanto es una posibilidad que ha seducido a muchos inversores en los últimos años.

La amplia variedad de propiedades históricas disponibles en nuestro país permite escoger entre numerosas ubicaciones y tipologías arquitectónicas. Además, según el uso que se dé a las instalaciones, los propietarios pueden beneficiarse de ciertas ventajas fiscales.

Muchos edificios históricos en venta cuentan con interesantes colecciones artísticas que permiten abrir un pequeño museo temático en las instalaciones del hotel.

Este tipo de actividades de divulgación cultural actúan como un reclamo tanto para quienes buscan alojamientos algo más exclusivos como para aquellos visitantes que, no alojándose en el hotel, están interesados en contemplar las colecciones exhibidas.

La apertura de un museo o la creación de una ruta guiada por el edificio (algo habitual en palacios, antiguos conventos...) dinamizan el hotel y le confieren una mayor visibilidad al margen de su actividad principal.

En cuanto a los incentivos fiscales para este tipo de actividades, basta recordar que, de acuerdo con el artículo 20 de la Ley del IVA, están exentas de repercutir este tributo todas las actividades económicas relacionadas tanto con las visitas a museos y galerías de arte como con la organización puntual de exposiciones.

Cabe destacar que esta exención también se aplica en las visitas a monumentos históricos, sin necesidad de que este albergue ningún museo propiamente dicho.

Eso sí, resulta preceptivo que el inmueble esté reconocido con algún tipo de protección oficial, como BIC, o forme parte de un Inventario General de Bienes Muebles.

La exención del IVA en las actividades de difusión cultural anteriormente descritas queda vinculada al cumplimiento de una serie de exigencias en materia de libre acceso (lo cual no es sinónimo de acceso gratuito) así como por lo que respecta a la conservación de los bienes o de las piezas expuestas o que se custodian dentro del hotel.

Estos beneficios pueden combinarse, asimismo, con otras ventajas fiscales como la deducción de hasta el 15% de las inversiones acometidas en concepto de mantenimiento y rehabilitación de las instalaciones.

También están exentos de abonar el Impuesto de Patrimonio los bienes integrantes del Patrimonio Histórico Español.


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